MX: 656-616-9458 MX: 656-378-0880 USA: 915-301-0400

mailcontacto@keyfirm.com
MX: 656-360-0993

Horario:Lun a Vie de 8:00 a 17:00

PRUEBAN PROHIBICIÓN DE LA SUBCONTRATACIÓN DE PERSONAL – LEY FEDERAL DE TRABAJO

Key Firm

El día 20 de abril del 2021, se aprobó la reforma a través de la cual se modifican 8 leyes para prohibir la subcontratación del personal, por cuanto a la Ley Federal de Trabajo lo más relevante es:

 

 

·               Se prohíbe la subcontratación de personal, permitiéndose la intervención de intermediarios para el reclutamiento, selección, entrenamiento y capacitación.

·               Se permite la subcontratación de servicios especializados o de ejecución de obras especializadas.

·               Estas dos formas de subcontratación no pueden formar parte del objeto social, ni de la actividad económica preponderante de la beneficiaria.

·               El contratista debe estar registrado en el padrón público ante la STPS.

·               Los servicios u obras complementarias prestadas entre empresas de un mismo grupo empresarial, serán considerados como especializados, cumpliendo con los requisitos establecidos.

·      Se requerirá contrato por escrito que establezca el objeto de los servicios a proporcionar o las obras a ejecutar y número aproximado de trabajadores.

·               El contratante será responsable solidario en dichas contrataciones.

·               Quienes proporcionen los servicios de subcontratación permitida deben acreditar estar al corriente de sus obligaciones fiscales y de seguridad social.

·               El registro deberá ser renovado cada tres años.

·               Elimina los artículos 15 A, 15 B, 15 C y 15 D, mismos que regulaban el contrato de subcontratación de personal que queda prohibida.

·               El monto de la participación de utilidades se limita a máximo tres meses del salario del trabajador o el promedio de la participación recibida en los últimos tres años.

·               Se establece multa de $179,240 pesos a $4,481,000.00 pesos a quien realice subcontratación de personal y a quienes presten servicios de subcontratación sin contar con el registro.

 

Estas reformas se enviaron al Ejecutivo Federal para su promulgación y próximamente serán publicadas en el Diario Oficial de la Federación.

 

Key Firm nos ponemos a sus órdenes para definir en conjunto  los cambios que derivados de estas disposiciones es necesario hacer en la estructura de su empresa, a nivel corporativo, laboral, de seguridad social y fiscal. 

 


CONTACTO KEY FIRM

DATOS DE CONTACTO

Firma líder en soluciones integrales comprometidos a brindar y obtener resultados de éxito para nuestros clientes.

MX: (656) 616 9458 ó (656) 378 0880/ USA: 915-301-0400

contacto@keyfirm.com

MX: Av. Teófilo Borunda 7751 Int. 203 y 204, Fracc. Bosques del Sol, Ciudad Juárez, Chihuahua

USA: 10420 Montwood Dr. Suite N, El Paso Texas, 79935

Lunes a Viernes de 8:00 a 17:00

MX: 656-360-0993

By: Key Firm International Inc. International office