9NA RESOLUCIÓN ANTICIPADA
El día de hoy, se publicó en la página web del SAT la resolución anticipada de la NOVENA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2018 Y SU ANEXO 1-A, misma que adiciona y deroga y reforma algunas reglas: Regula que quienes hayan obtenido alguna condonación podrán aplicar el estímulo fiscal del IVA,siempre que la condonación se haya realizado por multas, manifestando esta situación al presentar el aviso. Establece que podrán aplicar los estímulos fiscales de IVA e ISR,aquellos que hayan dado cualquier efecto fiscal a los comprobantes fiscales expedidos por un proveedor incluido en el listado del artículo 69-B del CFF, siempre que corrijan su situación fiscal previo a la solicitud o aviso y adjunten a su trámite la declaración o declaraciones complementarias que acrediten dicha corrección. Precisa los beneficios o estímulos fiscales, incluyendo exenciones o subsidios que si pueden aplicarse de manera conjunta con los beneficios del crédito fiscal de ISR para la región fronteriza Norte. Establece el 30 de junio de 2019 como la fecha límite para presentar el aviso para aplicar el estímulo fiscal deIVA en la región fronteriza norte, pudiendo aplicar el beneficio a partir de que obtengan el acuse de recibo.