IMPUESTO A LA HERENCIA, NUEVAMENTE EN EL RADAR DE LOS LEGISLADORES
Han sido varias las ocasiones en el que los legisladores han puesto dentro del radar la posibilidad de gravar el impuesto a la herencia como un tema de Hacienda Pública.
En agosto del 2007, el partido parlamentario PRD presentó una iniciativa para reformar los artículos 63 tercer párrafo y 109 fracciones XVIII y XIX, inciso a) y b) de la Ley de ISR, esta iniciativa se desechó el
23 de noviembre de 2011, por lo que se consideró como un tema concluido…al menos hasta 2018 fecha en las que el partido de Movimiento Ciudadano presentó iniciativas para reformar el artículo 93, 130, 132, 132 bis de
la Ley de ISR, el cual se encuentra en los siguientes términos
Iniciativa presentada el 15 de agosto de 2018:
* Derogar el inciso XXII del artículo 93, el cual establece que no se pagará ISR por la obtención de los que se reciban por herencia o legado.
* Reformar el inciso XXIII del artículo 93, el cual establece que no se pagará ISR por la obtención de donativos que no excedan de 10 millones de pesos.
* Esta limitación se considera para los donativos que se reciban entre cónyuges o los que reciban los hijos de sus padres y viceversa.
* Se consideran ingresos por adquisición los bienes que se reciban por herencia o legado cuando excedan el valor total de $10, 000,000.00.
* Se realizará un pago provisional, a cuenta del impuesto anual.
* Se establece una tasa base y dos tasas extra, que se aplicarán dependiendo del monto que exceda del valor de $10,000,000.00 pesos:
TASA | MONTO EXCEDENTE |
---|---|
Tasa base del 10% | $10, 000,001.00 hasta $50, 000,000.99. |
Tasa extra de 20% | $50, 000,001.00 hasta $100, 000,000.99. |
Tasa extra de 30% | $100, 000,001.00 en adelante. |
Esta iniciativa se turnó a la Comisión de Hacienda y Crédito Público para dictamen, por lo que su estatus es PENDIENTE EN COMISIÓN DE CÁMARA DE ORIGEN.
De esta manera se tiene que por un lado hay una iniciativa pendiente de dictaminar y por el otro, el grupo parlamentario de Morena estableció dentro de su agenda legislativa para el segundo periodo ordinario
de sesiones febrero-abril 2020”, la intención de presentar reformas al Código Fiscal de la Federación para establecer un impuesto a la herencia.
Si bien es cierto a últimas fechas no se ha presentado una nueva iniciativa, también lo es que del análisis que se realice a las últimas dos iniciativas presentadas se tiene que no varían por cuanto a su intención de gravar las herencias, legados y donativos, así como la exención por $10, 000,000.00 pesos, por lo que podría darse seguimiento a la iniciativa ya presentada y que está pendiente en la Comisión de estudio.
En Key Firm preocupados por los cambios que afectan a su patrimonio, damos seguimiento a las iniciativas de ley, sus implicaciones fiscales y analizamos las vías de defensa, acción y reacción en contra de estas disposiciones que indudablemente afectan su derecho a la propiedad.
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