ESTÍMULOS Y BENEFICIOS ESTATALES 2019
ESTÍMULOS Y BENEFICIOS ESTATALES 2019 Posted by Admin in Uncategorized El 01 de enero entró en vigor la Ley de Ingresos del Estado de Chihuahua para el ejercicio fiscal 2019, en la cual, se prevén algunos estímulos fiscales que pueden resultar de interés, entre los cuales destacamos los siguientes
1.- Estímulo Fiscal a los contribuyentes del Impuesto Sobre Nóminas.
Estímulo fiscal a los contribuyentes del Impuesto sobre Nóminas, el cual consiste en una reducción en el pago mensual del impuesto causado; a quien tenga de 1 a 10 empleados en el mes se aplicará un estímulo del 20%, de 11 a 30 empleados un 10% y de 31 a 50 empleados un 5%. Para ser acreedor de éste estimulo, es necesario: Presentar ante la Oficina Recaudadora, escrito libre que contenga nombre, denominación o razón social y firma de quien promueve, domicilio fiscal, RFC y en su caso CURP; Cédula de determinación de cuotas del IMSS del mes de diciembre 2018 y comprobante de pago Identificación oficial con fotografía del contribuyente o representante legal, en caso de personas morales, debe adjuntarse también el documento en el que consten las facultades del representante legal. Es importante señalar que, si desean acceder a este beneficio fiscal, es necesario presentar el escrito libre ante Oficina de la Recaudación de Rentas, antes del 31 de enero de 2019
2.- Condonación de créditos fiscales estatales.
-Tratándose de créditos fiscales causados antes del 1o. de enero de 2015, la condonaciónserá del 80% de los impuestos, contribuciones extraordinarias o especiales, derechos y multas por incumplimiento de obligacionesfiscales y del 100% de recargos y gastos de ejecución que deriven deellos. -Tratándose de créditos fiscales causados del 1o. de enero de 2015 al 31 de diciembre de 2017, la condonación será del 100% de recargos y multas por incumplimiento de obligaciones fiscales. Para acceder a la condonación, es necesario presentar ante la Oficina Recaudadora, a más tardar el 31 de mayo de 2019. Escrito libre que contenga el nombre, la denominación o razón social y firma de quien promueve; el domicilio fiscal manifestado al registro estatal de contribuyentes; su Registro Federal de Contribuyentes y, en su caso, la Clave Única de Registro de Población; Señalar la autoridad a la que se dirige y el propósito de la promoción En su caso, el domicilio para oír y recibir notificaciones dentro del Estado y el nombre de la persona autorizada para recibirlas Anexar copia de identificación oficial con fotografía vigente, en caso de personas morales, debe adjuntarse también el documento en el que consten las facultades del representante legal. La condonación, procederá tratándose de créditos fiscales Determinados por la autoridad fiscal o autodeterminados por los contribuyentes, ya sea de forma espontánea o por corrección fiscal. Que hayan sido objeto de impugnación por parte del contribuyente, siempre que, a la fecha de presentación de la solicitud de condonación, el procedimiento de impugnación haya quedado concluido mediante resolución firme. Asimismo, la Ley de Ingresos para el estado de Chihuahua en su artículo Décimo Quinto, fracción V, establece que no procederá la condonación de créditos fiscales, Que hayan sido determinados por contribuciones que el contribuyente debió retener, trasladar orecaudar o que se encuentren pagados. Pagados a la fecha de presentación de la solicitud de condonación. Derivados de infracciones por las cuales exista auto de formal prisión, auto de sujeción a proceso o sentencia condenatoria en materia penal. Es importante señalar que la parte no condonada del crédito fiscal deberá ser pagada totalmente en una sola exhibición. Lo invitamos a analizar los beneficios establecidos en la Ley, para determinar si en su caso resultan aplicables, y proceder de inmediato con la solicitud, pues estos, se establecen por tiempo limitado, no deje pasar la oportunidad y regularice su situación fiscal.